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Beneficios asistenciales extraordinarios

Bono extraordinario

Beneficio económico para los socios que hicieron aportes a la compra de la sede mayores o iguales a $1.000.000. El monto para 2026 es del 15% del valor total del aporte realizado.

Condiciones

  • El monto establecido para el 2026 es del 15% del valor total del aporte realizado.
  • El socio recibirá el dinero, por única vez, directamente a su cuenta bancaria registrada en la Sociedad.

Fe de erratas del 3 de marzo de 2026: el PGA registró por error un 30%. El valor aprobado por el Consejo Directivo en sesión del 3 de diciembre de 2025 fue del 15%.

Cómo se pide

Este beneficio no se pide con un formulario: se gestiona directamente con el área de Bienestar Social, que te acompaña en el trámite.

La letra pequeña. El otorgamiento de cualquier ayuda del Plan General Asistencial está sujeto a la disponibilidad presupuestal y a la decisión del Comité Asistencial: ninguna ayuda asistencial es un derecho adquirido. Lo que aquí se resume es el plan 2026 y puede cambiar cuando la Asamblea apruebe el siguiente.

¿Seguro?