Inicio/ Protegemos/ Subsidio para estudios actorales
Línea de formación

Subsidio para estudios actorales

Beneficio económico para socios interesados en procesos de formación, eventos académicos o cursos de idiomas que complementen su carrera, de manera presencial o virtual.

Condiciones

  • Cada año calendario el socio podrá solicitar hasta un (1) SMLMV.
  • Para educación formal relacionada con formación actoral, el monto establecido será de hasta dos (2) SMLMV.
  • El socio debe pagar mínimo el 10% del valor del estudio que tome.
  • El pago se desembolsará una vez el socio haya cancelado el valor restante y lo acredite con el comprobante de pago, en un plazo de 30 días calendario después de aprobado el subsidio.
  • El socio podrá solicitar el beneficio a manera de reembolso presentando la factura no mayor a treinta (30) días hábiles después de pagado el servicio.
  • Si el beneficio se otorgó por un valor inferior a un (1) SMLMV dentro del año calendario, el socio podrá volver a solicitarlo por el valor restante.
  • Si el estudio se toma fuera del país, el socio deberá acreditar dentro de los siguientes dos (2) meses haber realizado el pago y aportar el certificado de culminación, requisito indispensable para el reembolso.
  • El socio debe informar por escrito si el estudio no se lleva a cabo; podrá acceder nuevamente una vez se haya hecho el reembolso.
  • Este beneficio aplica para los procesos de formación que realizan terceros y que no están financiados por ACTORES S.C.G.

Cuánto es

1 SMLMV como tope $1.623.500 con el salario de hoy

Hasta un (1) SMLMV al año; hasta dos (2) SMLMV para educación formal relacionada con formación actoral. El socio paga mínimo el 10%.

Requisitos

Esto es lo que hay que presentar. Los formatos los entrega el área de Bienestar Social y se descargan desde aquí.

  • Formato de solicitud diligenciado y firmado
  • Certificado de inscripción al estudio actoral que indique las fechas y el valor total
  • Factura o documento equivalente emitido por el prestador del servicio, a nombre del socio y con el valor a pagar
  • Comprobante del 10% restante pagado por el socio Se presenta después de la aprobación del subsidio
  • RUT actualizado del prestador del servicio
  • Certificado de cuenta bancaria del prestador del servicio
  • Historia laboral del fondo de pensiones expedida en el último mes, en la que indique las semanas cotizadas Únicamente para socios mayores de 25 años

Cómo se pide

  1. Entra a tu cuenta de socio y abre la sección de Bienestar.
  2. Reúne los documentos de la lista y diligencia el formato de solicitud.
  3. Radícala. Bienestar Social revisa los soportes y puede devolvértela si falta alguno.
  4. El Comité Asistencial estudia el caso y decide; el Consejo Directivo ratifica.
  5. La respuesta te llega a tu cuenta, con el detalle de lo aprobado.

La letra pequeña. El otorgamiento de cualquier ayuda del Plan General Asistencial está sujeto a la disponibilidad presupuestal y a la decisión del Comité Asistencial: ninguna ayuda asistencial es un derecho adquirido. Lo que aquí se resume es el plan 2026 y puede cambiar cuando la Asamblea apruebe el siguiente.

¿Seguro?